El pasado 3 de octubre hizo ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental el proyecto de Emisario Submarino del Complejo Forestal e Industrial "Nueva Aldea"
Era de mi interés ciudadano común y corriente, poder ver los antecedentes supuestamente disponibles en el sitio E-SEIA (http://www.e-seia.cl/)
El sitio PROMETE que puedes bajar un archivo en formato ZIP con los Antecedentes del caso...y es una REAL BURLA...
contiene un archivo Excel ("Libro2.xls") de 3 hojas (Hoja1/Hoja2/Hoja3) cuya celda A1 de la "Hoja1" dice test
¿Es esta la calidad de información ambiental disponible en nuestra democracia?
Atentamente,
KOTE
Forma de Presentación: Estudio de Impacto Ambiental
Tipo de Proyecto: o.6 -Emisarios submarinos
Monto de Inversión: 60,000 Millones de Dólares
Estado:En Calificación
Descripción del proyecto:
Texto del Extracto Publicado:
Se comunica a la opinión pública que, con fecha 03 de octubre de 2005, la empresa Celulosa Arauco y Constitución S.A. (en adelante, Arauco) ha sometido su proyecto denominado “Sistema de Conducción y Descarga al Mar de los Efluentes del CFI Nueva Aldea” (en adelante, el Proyecto), al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), en conformidad con lo establecido en la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y en el Reglamento del SEIA (Decretos Supremos Nº 30/1997 y Nº 95/2001, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia), mediante la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA). El Proyecto consiste en la construcción y operación de un sistema de conducción terrestre y emisario marino para la disposición final, en el mar, mediante un difusor submarino localizado fuera de la Zona de Protección Litoral (ZPL), de las aguas residuales industriales tratadas del Complejo Forestal Industrial (CFI) Nueva Aldea. Con este Proyecto, Arauco da cumplimiento a la Resolución Exenta N° 76/2005, de la COREMA VIII Región, que aprobó ambientalmente el proyecto “Obras Nuevas y Actualizaciones del Complejo Forestal Industrial Itata” (actualmente “Nueva Aldea”), y en la cual se establece, en su Considerando N° 7, numeral 7.1.3., que el titular del proyecto deberá poner en operación un ducto al mar que descargue los residuos industriales líquidos, previamente tratados, del CFI Nueva Aldea, fuera de la zona de protección del litoral. El Proyecto se localiza en la VIII Región del Bío Bío. El trazado del sistema de conducción terrestre tendrá una extensión de 50,4 km y ocupará un ancho promedio de 3 metros, abarcando las comunas de Ránquil, Coelemu y Trehuaco. En un primer tramo, el sistema de conducción terrestre se emplazará al interior de la faja ferroviaria de propiedad de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado (EFE), a un costado de la vía férrea, y tendrá una longitud de 13,4 km. Este tramo se iniciará en el fundo Porvenir, extendiéndose desde una conexión al sistema de descarga al río Itata, hasta el sector cruce FFCC con el camino San Ignacio de Palomares–Magdalena. El segundo tramo terrestre se insertará en la faja vial que ocupa actualmente el camino Coelemu–Boca del Itata y tendrá una longitud de 37 km. Para el sector comprendido entre Coelemu y Boca del Itata, el proyecto implicará, en algunos tramos, un ensanche de la faja vial actual. En este tramo, el trazado involucra el cruce del río Itata en el sector de Meipo, en donde la tubería atravesará en forma elevada el cauce del río, siguiendo por el lado norte finalizando en el sector Boca del Itata, ubicado en el extremo norte de la desembocadura del río en el mar. En este punto se conectará a un emisario submarino de aproximadamente 2,3 km de extensión, el cual se desarrollará enterrado en la zona de la rompiente para luego apoyarse en el fondo del mar. Además, el Proyecto contempla un mejoramiento de los caminos O-10, O-14 y N-450. El monto de inversión del Proyecto es del orden de US$ 60 millones. El requerimiento de mano de obra promedio para la fase de construcción y operación del proyecto, se estima en 1.040 trabajadores y 10 trabajadores, respectivamente. Los principales elementos del medio ambiente que fueron considerados en la línea de base son: (i) en el tramo terrestre: medio ambiente físico (clima y meteorología; geomorfología y suelos; hidrogeografía superficial; niveles de ruido); medio biótico (vegetación, flora y fauna); medio humano (aspectos socioeconómicos; aspectos socioculturales y de calidad de vida; paisaje y estética); medio construido e infraestructura (infraestructura vial y de transporte; aspectos territoriales); (ii) en el tramo marino: ecología bentónica (macrofauna inter y submareal); medio químico marino (calidad del agua; calidad de sedimentos); y medio físico marino (mareas; corrientes; batimetrías); borde costero (recreación y turismo; actividades pesqueras). Según el Estudio de Impacto Ambiental, los principales impactos que genera el Proyecto son: i) en la etapa de construcción, la alteración de las aguas continentales y marinas, y el aumento en el nivel de ruido; como impacto positivo se identificó la generación de empleo; ii) en la etapa de operación, la alteración de las aguas marinas como consecuencia de la descarga al mar del efluente del CFI. En todo caso, la evaluación desarrollada en el EIA permite concluir que, además de cumplirse con toda la normativa aplicable y estándares internacionales, la descarga no afectará la vida acuática in situ, los recursos hidrobiológicos, ni otros usos que están presentes en el área marina costera adyacente a la desembocadura del río Itata. Para los impactos antes indicados el Proyecto contempla un programa con medidas de control ambiental; un plan de prevención de riesgos y control de accidentes; y un plan de contingencias ambientales. Concordante con la Resolución Exenta Nº76/2005, de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la VIII Región del Bío Bío, que dispuso expresamente la presentación de un EIA, en éste se extremaron los resguardos ambientales al momento de analizar si el Proyecto puede generar o presentar los efectos, características y circunstancias a que se refiere el artículo 11 de la Ley 19.300. Si bien el EIA concluye que no se generará ninguno de los referidos efectos, características o circunstancias, se coloca en el hipotético caso que la descarga de efluentes tratados en el medio marino pudiere generar algún efecto adverso significativo sobre los recursos bentónicos presentes en el área. En tal sentido, para evitar que dicho efecto pudiere presentarse o generarse, en el EIA se propone un conjunto de medidas de mitigación que permiten hacerse cargo de los eventuales impactos por la introducción en el medio marino de efluentes industriales; a saber: se incorpora una completa modelación de los efectos de la descarga que determinó como medida el diseño de un emisario submarino de aproximadamente 2,3 km de extensión; se contempla el cumplimiento de límites internacionales para parámetros no normados en Chile, y el cumplimiento en forma adelantada a las normas de calidad ambiental primarias y secundarias en desarrollo por parte de la autoridad, entre otras medidas. El EIA contiene además un plan de seguimiento ambiental particularmente exhaustivo para el monitoreo del efluente y de las condiciones del medio marino (calidad del efluente tratado, calidad de la columna de agua del medio receptor, biota submareal, y calidad del sedimento); y también algunos programas de monitoreo o seguimiento de otras variables ambientales identificadas en la línea de base del Proyecto. Por otra parte, se informa que, en virtud a lo establecido en el artículo 15 de la Ley 19.300 y Título VIII del Reglamento del SEIA, se ha solicitado autorización provisoria para el inicio parcial de la construcción del Proyecto, en su primer tramo de 13,4 km correspondientes al uso de la faja ferroviaria, presentándose junto al EIA la solicitud y la póliza de seguro correspondientes. Se informa que ejemplares del EIA se encuentran a disposición de los interesados para consultas y/o reproducción (a su costa), en las oficinas de la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA) de la VIII Región del Bío Bío, ubicadas en calle Lincoyán 145, Concepción, en horario de lunes a viernes de 8:30 a 13:00 y de 15:00 a 17:00 horas; y en dependencias de las Ilustres Municipalidades de Ránquil (Nicolás León Nº 521, Ñipas, en los horarios de lunes a jueves de 8:00 a 13:00, y los viernes de 8:00 a 13:00 y desde 14:00 a 17 horas), Coelemu (Pedro León Gallo Nº 609, Coelemu, en los horarios de lunes a viernes de 8:00 a 13:30 y de 14:30 a 17:30 horas), Trehuaco (Gonzalo Urrejola Nº 460, Trehuaco, en los horarios de lunes a viernes de 8:30 a 13:30 y de 14:30 a 18:00 horas) y Cobquecura (Independencia N° 300, Cobquecura, en los horarios de lunes a viernes de 80:30 a 13:00 y de 14:00 a 17:50 horas). El EIA también estará disponible en Internet, en la página web de CONAMA (www.conama.cl/seia). De acuerdo a los Artículos 52 y 53 del Reglamento del SEIA, las organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica, por medio de sus representantes legales, y las personas naturales directamente afectadas, podrán formular sus observaciones, debidamente fundamentadas y por escrito, haciendo expresa referencia al proyecto (Artículos 28 y 29 de la Ley Nº 19.300), y señalando nombre y domicilio de quien las formula. Dichas observaciones deberán ser remitidas al Director Regional de CONAMA VIII Región del Bío Bío, a la dirección antes indicada, para lo cual se dispondrá de un plazo de 60 días hábiles, contados desde la publicación del presente extracto. Este extracto ha sido visado por CONAMA VIII Región del Bío Bío, considerando el Estudio de Impacto Ambiental presentado por el titular del Proyecto. Lo expuesto no constituye pronunciamiento por parte de esta Comisión, respecto de la calificación ambiental del Proyecto “Sistema de Conducción y Descarga al Mar de los Efluentes del CFI Nueva Aldea”.
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